Modelo 721: La guía completa sobre la declaración de criptomonedas en el extranjero
Actualizado: 19/02/2025
Fecha: 19/02/2025
Desde 2024, la Agencia Tributaria exige una declaración específica para las criptomonedas situadas en el extranjero. En este artículo te explicamos qué es, quién debe presentarlo y, muy importante, en qué casos estás exento de hacerlo.
¿Qué es el Modelo 721?
El Modelo 721 es una declaración informativa anual sobre la tenencia de monedas virtuales situadas en el extranjero. No implica el pago de un impuesto extra, pero omitirlo puede acarrear sanciones graves.
Si necesitas acceder directamente al
trámite oficial, puedes hacerlo aquí:
¿Cuándo NO estás obligado a presentar el Modelo 721? (Ejemplos prácticos)
Esta es la parte que genera más dudas. No todas las criptomonedas "cuentan" para este modelo. Aquí te detallamos los casos en los que no tienes que declarar:
1. El uso de "Cold Wallets" o dispositivos físicos (Ledger, Trezor, USB)
Si guardas tus criptomonedas en un monedero físico (una "wallet" fría) del que tú posees las claves privadas, no estás obligado a presentar el Modelo 721.
-
¿Por qué? Porque la ley exige declarar las monedas custodiadas por terceras personas o entidades. Si las claves están en tu poder (en tu USB o papel dentro de tu caja fuerte en España), se considera que los activos están bajo tu control directo en territorio nacional, no en el extranjero.
2. Criptomonedas en Exchanges o Brokers con sede en España
Si utilizas plataformas de compraventa de criptoactivos que tienen su residencia fiscal o un establecimiento permanente en España (por ejemplo, Bit2Me u otros registrados en el Banco de España), no tienes que presentar el Modelo 721 por ese saldo.
-
¿Por qué? Porque estas empresas ya tienen la obligación de informar directamente a Hacienda sobre los saldos y operaciones de sus clientes.
3. Saldo total inferior a 50.000 €
Si la suma del valor de todas tus criptomonedas en plataformas extranjeras (como Binance, Coinbase, Kraken, etc.) no supera los 50.000 euros a fecha de 31 de diciembre, quedas exento de presentar el modelo.
-
Nota: Si tienes 30.000 € en Binance (fuera) y 40.000 € en un Ledger (en tu casa), no llegas al límite de 50.000 € en el extranjero, por lo que no declaras.
4. Entidades excluidas
Las sociedades que ya tengan registradas estas criptomonedas en su contabilidad de forma individualizada y debidamente identificadas no suelen estar obligadas a esta declaración informativa adicional, ya que la información ya consta en sus balances.
¿Cuándo SÍ es obligatorio? (El broker está fuera de España)
Estás obligado si tus criptos están en un broker o exchange extranjero y superas los 50.000 €.
¿Cómo saber si tu broker es extranjero?
-
Ejemplos de brokers extranjeros: Binance, Coinbase, Kraken, Crypto.com, KuCoin. Estas plataformas no tienen su sede principal en España y, por tanto, Hacienda considera que el activo está "en el extranjero".
-
Si tus fondos están ahí y superan el límite, debes rellenar el Modelo 721.
Plazos y Presentación
El plazo para presentar el Modelo 721 es del 1 de enero al 31 de marzo de cada año, con respecto al saldo que tenías a 31 de diciembre del año anterior.
La presentación es exclusivamente telemática a través de la web de la Agencia Tributaria, mediante certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
Enlaces relacionados:
Declaración Informativa. Declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero, enlace a la Agencia Virtual para la presentación del modelo 720
Modelo 720 - Como declarar Criptomonedas, CDF´s, Forex y Acciones
FAQ de la AEAT sobre el modelo 720
Declaración de Transacciones con el Exterior al Banco de España. ETE







