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Modelo D6 - Declaración inversiones españolas en acciones depositadas en el Extranjero

Actualizado: 20/12/2021

Fecha: 20/09/2020

Novedad Nuevos límites Modelo D6 para ejercicio 2021 a presentar en año 2022

Existen dos tipos de declaraciones:

  • Depósitos: para la declaración del ejercicio 2021, a presentar en 2022, solamente estarán obligados a su presentación aquellos casos en que la participación del inversor sea igual o superior al 10% del capital, o de los derechos de voto, de la sociedad en la que se mantiene la inversión. Anteriormente, no existía límite mínimo o máximo que obligara a declarar. Es decir, antes cualquier inversor titular de inversiones españolas en el exterior, en empresas que cotizan en Bolsa de Valores o Mercado Organizado, cuando los valores se depositaban o permanecían bajo custodia del titular de la inversión, debía presentar dicha declaración.

  • Flujos: se declarará por cada inversión o liquidación que se realice en sociedades no residentes en la que el inversor tenga más de un 10% del capital, o de los derechos de voto, de la sociedad en la que se realiza la inversión antes o después de la operación. Anteriormente, también debía declarar quien formase parte de su órgano de administración, o bien cuando la inversión superase 1.502.530,26€. La declaración de inversión o liquidación se realizará en el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de realización de la operación.

Con estas modificaciones en los límites que obligan a presentar el Modelo D6 se reduce sustancialmente el número de obligados a la presentación. Se podría decir que, con esta novedad que ya ha entrado en vigor, solamente grandes inversores estarán obligados a presentar el Modelo D6.

Las modificaciones en cuanto a los límites que obligan a presentar se publicaron en el BOE el pasado 17 de diciembre de 2021.

FIN Novedad Nuevos límites Modelo D6 para ejercicio 2021 a presentar en año 2022

Por nuestra Asesoría Virtual le podemos realizar los tramites necesario para poder presentar el Modelo D6.

El Modelo D6 es una obligación que tienen todas las personas que invierten a través de Brokers Internaciones, como son Degiro, Interactive Brokers, etc, o cuando los valores se depositen en una entidad domiciliada en el extranjero, o permanezcan en custodia del titular de la inversión, y que muchos desconocen de la obligación real de suministrar esta información. La obligación nace por tener alguna inversión en el Broker, aunque sea 0.01 euros. Si no se tiene dinero en ninguna acción, y se tiene en la cuenta del broker, también hay obligación de declararlo, dado que ese saldo se suele tener invertido en un Fondo Monetario.

Por tanto, si inviertes en acciones a través de un Broker que tenga su sede en extranjero, aunque las acciones que tengas son acciones por ejemplo del IBEX, estás obligado a presentar el modelo D6.

En cambio, si inviertes en acciones en el extranjero, por ejemplo el NASDAQ, pero lo haces a través de un broker que está domiciliado en España, no tienes obligación de presentar el modelo D6.

El modelo D-6 no sustituye al Modelo 720 de Hacienda pero es complementario al mismo, y mas adelante en este articulo, ampliamos información sobre el modelo 720.

A modo de resumen está obligado a presentar el modelo D6 todos los inversores que tengan cuenta en los siguientes Brokers extranjeros:

  • DEGIRO: Desde la adquisición de DEGIRO por parte de Flatex, la liquidez ya no se deposita en el fondo de Morgan Stanley, si no en una cuenta de efectivo del propio Flatex, por lo que el proceso para presentar el modelo D6 con DEGIRO se simplifica. Además, debido a esta adquisición, no deberás incluir el efectivo en tu modelo D6 ya que es un activo no negociable. Antes si que había que presentarlo aunque se tuviera todo tu dinero en liquidez a 31 de diciembre. Ya que en este intermediario la liquidez la depositaba en el fondo de Morgan Stanley como hemos comentado anteriormente.

  • Interactive Brokers: se presenta solo por las acciones que tengas a 31 de diciembre no por la liquidez

  • eToro: se presenta en caso de tener acciones al contado

  • JFD Bank: se presenta en caso de tener acciones al contado

  • Revolut: se presenta solo por las acciones que tengas a 31 de diciembre no por la liquidez

  • XTB: se presenta en caso de tener acciones al contado

  • Flatex: se presenta solo por las acciones que tengas a 31 de diciembre no por la liquidez

Es importante destacar que el modelo D6 se presenta solo por las acciones o participaciones que se tengan depositadas en el extranjero, nunca por los derivados, divisas o las opciones de futuros, ya que no se trata de valores negociados. Por esta razón los que operan con opciones, futuros, divisa y CFDs no quedan dentro de este modelo.

Qué es el Modelo D6

El Modelo D6 es una declaración informativa anual donde se reflejan todas aquellas inversiones que se tienen depositadas a fecha de 31/12/20XX, en una entidad con sede en el extranjero. Sólo se refleja del sado que se tiene el último día del año, no se indica nada, de la ganancia o perdida potencial que se haya podido tener en el producto que se tiene la inversión (ETF´s, Acciones o Fondos). Y no hay que pagar nada por la información reflejada.

Este modelo podrá utilizarse tanto para la declaración de operaciones (flujos) como para la declaración de depósitos. Estas instrucciones especifican el modo de cumplimentación, según los casos, cuando existan diferencias. EN NINGÚN CASO SE PRESENTARÁN EN UN MISMO MODELO INFORMACIONES SOBRE FLUJOS Y SOBRE DEPÓSITOS.

  • Declaración de depósitos: la declaración de depósitos en el exterior se presentará en el mes de enero de cada año y estará referida al 31 de diciembre del año inmediato anterior.

  • Declaración de operaciones (flujos): Deberá efectuarse una declaración de flujos por cada inversión o liquidación que se realice en sociedades no residentes en las que el inversor tenga una participación de, al menos, el 10% del capital o forme parte de su órgano de administración o cuando la inversión supere 1.502.530,26 Euros. El plazo para la presentación de esta declaración será de un mes a contar desde la fecha de realización de la operación.

Este impreso no tiene nada que ver con la Declaración de la Renta, ni con el modelo 720

Plazo de presentación

El plazo de presentación es desde el 1 de enero al 31 de enero

Consecuencias de no presentar la declaración

No presentarlo podría acarrear sanciones económicas, y no son pequeñas precisamente:

  • El Ministerio puede aplicarte una sanción de hasta el 25% del importe que no hayas declarado con un mínimo de 3.000 euros.

  • En caso de presentar el modelo fuera de plazo, la sanción puede ser de hasta 300 euros durante los primeros 6 meses, o de hasta 600 euros si supera ese tiempo.

Si el año pasado se le olvidó  presentar este modelo, que sepa que, si tenía una cantidad inferior a 6 millones de euros, la infracción se considerará leve y prescribirá al cabo de 1 año.

De momento no se conocer que se estén aplicando sanciones por no haber presentado estas declaraciones.

Datos que se necesitan para rellenar el modelo D6

Lo que se necesita es tener los extractos de valores que figuran en el Broker Extranjero, a fecha 31/12.

La información que se necesitará que contengan estos extractos son:

  • Código ISIN de las acciones, fondos y ETF´s
  • Cantidad de acciones o participaciones.
  • Valor económico en moneda local

También se tendrá que tener certificado digital, para más detalles ver este enlace.

Se tendrá que anexar el DNI del propietario de las inversiones, y los extractos del broker que ratifiquen la información reflejada.

Aplicación a utilizar para rellenar el modelo D6

Para rellenar el Modelo D6 tendrás que descargar e instalar la herramienta Aforix.

A continuación damos el enlace a la web del Ministerio de Industria Comercio y Turimos, para descargar la aplicación AFORIX.

AFORIX es el programa de ayuda para la cumplimentación de los formularios de declaración de inversiones exteriores. Este programa permite la cumplimentación de los formularios D-1A, D-1B, D-2A, D-2B, D-4, D-5A, D-5B, D-6, D-7A, D-7B, D-8, DP-1 DP-2, DP-3 Y DP-4 por medios informáticos.

La aplicación permite el guardado y recuperación de los datos de las declaraciones, así como confeccionar plantillas con aquellos datos que se repitan en varias declaraciones. Con AFORIX podrá corregir fácilmente los errores detectados, ya que el programa realiza validaciones básicas para una correcta cumplimentación, previa a la presentación telemática o impresión de las declaraciones.

Si ya se tiene una declaración de otro año anterior, se puede cargar y reenumeramos el año, y cambiamos la información que haya cambiado, pero probablemente, muchas información coincida, y así podemos ahorrarnos tiempo en repetir la información.

Una vez descargado e instalado, se ejecuta la aplicación.

Cuando se tenga abierto, seleccionar “Formulario/Nuevo/D-6 Inversión Española en Valores Negociables”, y se nos abrirá un formulario como se muestra a continuación

Formulario 1

En la primera sección se deberá marcar Declaración de depósitos y escribir el año para el que vas a presentar el modelo. Por defecto aparecerá marcado Declaración de operaciones (flujos), opción que tendrán que hacer solo aquellos que hayan invertido un 10% o más del capital social de una empresa, o si el importe supera los 1.502.530,26 euros.

Declaracion deposito

Datos del titular de la inversión, se indicarán los datos que pide del propietario de la inversión.

Relación de valores depositados. El siguiente apartado es en el que se detallarán todos los activos que refleja el extracto del Broker. La aplicación no permite indicar en Número de titulos decimales, por tanto, redondearemos el número.

Clase de operación: Vacio
Fecha de operación: Vacio
¿Participación superior al 10% del capital?: No (a menos que sea cierto que se tiene)
Código ISIN: se obtiene del extracto.
Descripción del valor: se obtiene del extracto.
Emisor: Aforix en su ayuda muestra la siguiente tabla:
el código 400 para las acciones y fondos extranjeros y 800 para los españoles. En el caso del Fondo Monetario que puede prestar dinero a sus clientes, lo considero como Entidad financiera no residente, o sea 300.

Formulario 2

Valor: Si tienes acciones, lo normal es seleccionar el 01. En el caso de ETF’s o Fondos de inversión, 03.
País: Aquí es donde hay que tener cuidado para no equivocarse. En este punto has de introducir el país del bróker. En este caso Degiro es de Holanda (Países Bajos), así que tendrás que escribir “NL” o buscar en la lista.
Moneda: Introduce la moneda en la que cotiza tu acción. Si la has comprado en el mercado norteamericano, cotizará en USD (Dólares). Si son empresas en Euros, EUR. En el caso de Xiaomi, cotiza en la bolsa de Hong Kong y la moneda es el Hong Kong Dollar (HKD). Utiliza la misma que en la columna “Valor local” del extracto.
Número de títulos: La cantidad de acciones que tienes. En el caso de fondos de inversión, las participaciones suelen llevar decimales y no es posible ponerlos. Si es así, pon un número entero.
Nominal en la moneda de denominación: Lo dejo en blanco, si lo conoces, ponlo.
Importe efectivo: Esta cifra será siempre en la moneda local de la acción.
Únicamente se tiene espacio para añadir 3 valores. Para añadir más valores hay que ir a “Hoja 2/Insertar Hoja 2 del Modelo D6”. Se creará una página nueva donde se podrá añadir 6 valores más. En caso de necesitar más, se vuelve a hacer lo mismo.

Diligencias. Volver a rellenar los datos del propietario de la inversión.

Firmar y presentar el modelo D6. Una vez verificado que la aplicación no ha encontrado errores a corregir, se podrá presentar la declaración. Para firmarla, tan solo se tendrá que hacer click en “Presentación Telemática/Firma Electrónica/Firmar electrónicamente”.

En los pasos siguiente en este proceso, se generará un fichero, y se nos dirigirá a una web para la presentación, donde seleccionaremos el fichero generado con la declaración D6 y firmado digitalmente, y anexaremos los extractos de los brokers extranjeros, y el DNI del titular de la inversión.

Una vez adjuntados los documentos, pulsaremos iniciar cargar

Y después botón Confirmar

Se generará un justificante de la presentación, que podremos guardar.

Para los inversores particulares se permite la presentación e papel.

Correo ordinario: Tendrán que imprimir el documento a través del programa de ayuda, firmarlo y enviarlo junto con el DNI y un extracto del bróker a 31 de diciembre a la siguiente dirección y poniendo como remitente  “Att: Secretaría General de Comercio Internacional de Servicios e Inversiones”.Ministerio de Economía, Industria y Competitividad Paseo de la Castellana 162, Madrid 28046

Registro General de la Administración: dirigirse a cualquier oficina de registro de la administración central para completar el trámite.

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Enlaces relacionados:

Modelo 720 - Declaración de los bienes y derechos en el extranjero