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Qué es un fidecomiso testamentario

Actualizado: 28/09/2024

Fecha: 28/09/2024

Introducción

Un fideicomiso es un contrato o figura jurídica mediante la cual una persona, llamada fideicomitente o constituyente, transfiere la propiedad de ciertos bienes o derechos a otra persona o entidad, llamada fiduciario.

 El fiduciario tiene la responsabilidad de administrar estos bienes o derechos en beneficio de una tercera persona o grupo de personas, conocidas como beneficiarios o fideicomisarios, conforme a los términos y condiciones establecidos en el fideicomiso.

Características principales del fideicomiso

Partes involucradas

Fideicomitente: Quien crea el fideicomiso y aporta los bienes o derechos.

Fiduciario: La persona o entidad que administra los bienes del fideicomiso.

Beneficiario: La persona o personas que recibirán los beneficios de los bienes del fideicomiso.

Propósito: El fideicomiso se establece con un objetivo específico, que puede ser, por ejemplo, garantizar el mantenimiento de una familia, financiar proyectos de caridad, proteger activos, etc.

Bienes y derechos

El fideicomitente transfiere al fiduciario bienes o derechos (como dinero, inmuebles, acciones, etc.) para que este los administre.

Duración

Puede ser de duración determinada (por un periodo específico) o indeterminada (hasta que se cumpla con el objetivo del fideicomiso).

Revocabilidad

Puede ser revocable (el fideicomitente puede modificar o terminar el fideicomiso) o irrevocable (una vez constituido, no puede ser modificado ni terminado por el fideicomitente).

Usos comunes del fideicomiso

Los usos mas habituales son:

Planificación patrimonial o fideicomiso testamentario: Proteger y gestionar los bienes de una persona, garantizando que se usen de acuerdo con su voluntad.

Protección de activos: Para evitar que los bienes sean embargados o utilizados de manera indebida.

Fideicomisos inmobiliarios: Gestionar y desarrollar proyectos de construcción o bienes raíces.

Fideicomisos financieros: Administrar recursos financieros en beneficio de terceros.

Fideicomiso testamentario

El fideicomiso testamentario es el mecanismo utilizado por una persona (el otorgante, causante o fideicomitente) cuando quiere transmitir sus bienes a otra persona con un fin: que esta las conserve, administre y distribuya a sus beneficiarios llegado cierto momento.

Está regulado por el Código Civil, el Código de Comercio y la Ley de Sociedades de Capital. Además, la Ley de Impuesto sobre la Renta de no Residentes establece los requisitos para la determinación de la tributación de los fideicomisos con beneficiarios no residentes en territorio nacional.

Asignar o determinar un fideicomiso trae consigo una serie de obligaciones legales, siempre a favor de los que se vayan a beneficiar del mismo.

Eel fideicomiso sirve para designar un “custodio” de los bienes transmitidos en herencia en el momento de redactar el testamento. Es una herramienta que utiliza el testador durante la redacción de su testamento para asegurarse de que su patrimonio se transmite de forma correcta llegado el momento.

En el fideicomiso participan tres figuras:

El causante, fideicomitente u otorgante: es el que redacta el testamento y asigna el fideicomiso a una persona determinada de su confianza para que custodie el patrimonio una vez se cumplan ciertas condiciones que habrán quedado plasmadas por escrito.

El heredero fiduciario: también se le conoce como “el primer heredero”, es decir, aquella persona que debe custodiar ese patrimonio hasta que se cumpla la condición que haya establecido el otorgante para su reparto. No los recibe para su disfrute, como en el caso del usufructo, sino para “guardarlo” y transmitirlo en el momento oportuno. Aunque, como veremos después, hay un tipo de fideicomiso que sí permite el disfrute parcial del patrimonio.

El heredero fideicomisario o heredero final: es el “segundo heredero”, el beneficiario último del patrimonio custodiado por el fiduciario.

En qué situaciones se utiliza el fideicomiso

El fideicomiso es una herramienta de sucesión interesante para ciertas situaciones especiales que pueden ocurrir durante la transmisión de la herencia. Te contamos a continuación las más habituales:

Protección de personas con discapacidades: los fideicomisos se pueden utilizar para asegurar la correcta transmisión de cierto patrimonio a personas que debido a alguna discapacidad no pueden tomar decisiones financieras.

Asegurar el patrimonio de menores: por ejemplo, alguien enfermo designa a su hijo menor de edad como heredero y, para cerciorarse de que ese patrimonio llega íntegro, designa a su esposa como fiduciaria de los bienes del menor hasta el momento en el que este sea mayor de edad.

Planificación de impuestos: los fideicomisos pueden utilizarse para reducir la carga fiscal en la transferencia de bienes a los beneficiarios (como puede ocurrir con el impuesto de sucesiones y donaciones).

Proteger ciertos activos: los fideicomisos son útiles para proteger los activos de los beneficiarios de acreedores o demandas legales. Suele ser interesante en este sentido cuando el causante posee un negocio y busca transmitirlo de forma segura a la siguiente generación.

Gestión de riqueza a largo plazo: se puede emplear el establecimiento de un fideicomiso para administrar y distribuir la riqueza a largo plazo de una persona, entidad u ONG.

Búsqueda y localización de herederos: los fideicomisos testamentarios pueden producir una serie de “atascos” cuando no se pueden cumplir las condiciones de repartición a la hora de encontrar a los herederos finales designados. Sin embargo, son una herramienta muy útil a la hora de comenzar a investigar su localización, dado que la designación de un fiduciario puede arrojar datos útiles para encontrar a los fideicomisarios.

Qué tipos de fideicomiso testamentario existen

En España podemos designar los siguientes tipos de fideicomiso testamentario:

Fideicomiso condicional: el testador establece una condición, como la muerte de una persona, para que se active la obligación del fiduciario de entregar los bienes a los beneficiarios o herederos finales.

Fideicomiso a plazo: en este caso, se establece un tiempo específico para que la obligación del fiduciario se active y entregue los bienes designados a tal efecto.

Fideicomiso puro: el fiduciario no puede disfrutar los bienes del fideicomiso, solamente puede custodiarlos y transmitirlos de forma adecuada.

Fideicomiso de residuo: el fiduciario puede disfrutar los bienes del fideicomiso, pero debe conservar al menos un mínimo. Este tipo es muy común, al igual que la designación del usufructo, en herencias que implican menores de edad.

Fideicomiso revocable: el testador puede cambiar el fideicomiso en cualquier momento a lo largo de su vida.

Fideicomiso irrevocable: una vez establecido, el testador ya no puede cambiar las condiciones del fideicomiso.

Riesgos del fideincomiso

Si el fiduciario realiza una mala gestión del fideicomiso, pueden surgir varios riesgos y consecuencias tanto para los beneficiarios como para el fideicomitente. A continuación, se describen algunos de los principales riesgos asociados:

1. Pérdida de Valor de los Bienes del Fideicomiso

Una mala administración de los activos puede llevar a una disminución en su valor, como pérdidas en inversiones, depreciación de bienes inmuebles por falta de mantenimiento o incluso la quiebra de empresas en las que se hayan invertido los fondos del fideicomiso.

2. Falta de Cumplimiento de los Objetivos del Fideicomiso

Si el fiduciario no administra los bienes conforme a los términos y condiciones del fideicomiso, los objetivos establecidos por el fideicomitente (por ejemplo, educación de los hijos, sostenimiento económico de un familiar, etc.) pueden no cumplirse.

3. Pérdida de Confianza y Relación Legal

Una mala gestión puede generar desconfianza entre las partes involucradas, lo que podría desencadenar conflictos legales. Los beneficiarios podrían demandar al fiduciario por incumplimiento de sus obligaciones fiduciarias.

4. Riesgo Legal y Responsabilidad del Fiduciario

El fiduciario tiene un deber fiduciario hacia los beneficiarios, lo que significa que debe actuar con la mayor lealtad y diligencia en su gestión. Si no lo hace, puede ser responsabilizado legalmente y ser objeto de demandas por parte de los beneficiarios o el fideicomitente.

5. Desvío de Fondos o Uso Indebido de los Bienes

Un fiduciario deshonesto o incompetente podría desviar fondos para beneficio propio, lo que constituye un delito. En estos casos, recuperar los bienes podría ser complicado y dependería de las acciones legales que se tomen.

6. Riesgo de Insolvencia o Quiebra del Fiduciario

Si el fiduciario es una entidad financiera o empresa y se declara en quiebra o insolvencia, los activos del fideicomiso podrían verse comprometidos, aunque generalmente están separados de los activos de la entidad fiduciaria.

7. Costos Legales y Administrativos

Resolver disputas o corregir una mala gestión del fideicomiso puede resultar costoso en términos de honorarios legales y gastos administrativos, disminuyendo así el valor de los bienes disponibles para los beneficiarios.

Medidas para Mitigar Riesgos

Selección Cuidadosa del Fiduciario: Elegir a un fiduciario con experiencia, buena reputación y habilidades adecuadas para gestionar los activos del fideicomiso.

Establecer Mecanismos de Supervisión: Incluir en el fideicomiso disposiciones que permitan la supervisión del fiduciario, como auditorías externas o la participación de un comité de supervisión.

Definir Cláusulas de Remoción del Fiduciario: Incorporar en el contrato del fideicomiso la posibilidad de remover al fiduciario en caso de mala gestión o incumplimiento de sus deberes.

Seguros de Responsabilidad: Contratar seguros de responsabilidad para el fiduciario que cubran posibles pérdidas derivadas de una mala gestión..

Fiscalidad y tributación

La fiscalidad y tributación de un fideicomiso en España es un tema complejo, ya que el fideicomiso como tal no tiene una regulación específica en el sistema jurídico español, salvo en el caso de los fideicomisos hereditarios o testamentarios, que tienen algunas peculiaridades en el derecho civil. En la práctica, la figura del fideicomiso en España se equipara a figuras similares, como los trusts anglosajones, que se rigen principalmente por la normativa de los impuestos y la doctrina de la Dirección General de Tributos (DGT).

A continuación, se explican los aspectos más relevantes de la fiscalidad y tributación del fideicomiso en España, tomando en cuenta su funcionamiento y características generales:

1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o del Impuesto sobre Sociedades (IS)

  • Fideicomiso Residual: En el caso de los fideicomisos residuales, el fideicomitente (creador del fideicomiso) se mantiene como propietario de los bienes hasta que se produzca el evento que desencadena la transmisión al fideicomisario. Durante este tiempo, los rendimientos de los bienes del fideicomiso se imputan a la persona que mantenga la titularidad (normalmente, el fideicomitente), tributando en el IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades, dependiendo de si el fideicomitente es una persona física o jurídica.
  • Fideicomiso Hereditario: Si se trata de un fideicomiso constituido en una herencia, el fideicomisario tendrá la condición de "nudo propietario" hasta que se cumpla la condición (muerte del fiduciario o cumplimiento de otra condición establecida). En este caso, el usufructuario deberá tributar por los rendimientos de los bienes.

2. Impuesto sobre el Patrimonio

  • Los bienes que forman parte del fideicomiso se imputan al fideicomitente o al beneficiario, dependiendo de quién tenga la titularidad efectiva y disfrute de los derechos económicos derivados de esos bienes. Si el beneficiario tiene un derecho de usufructo sobre los bienes del fideicomiso, deberá incluir su valor en su declaración del Impuesto sobre el Patrimonio.

3. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)

  • Si el fideicomiso se establece como parte de una herencia, los bienes se gravan en el momento en que se produzca la transmisión efectiva al fideicomisario. El impuesto se aplicará a medida que los bienes pasen al fideicomisario final, pudiendo diferirse hasta ese momento el pago del ISD.
  • En el caso de donaciones a un fideicomiso, el ISD se devengará en el momento en que los bienes sean transferidos a los beneficiarios finales.

4. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD)

  • Si el fideicomiso implica la transmisión de bienes inmuebles u otros activos que deban formalizarse en documento público, puede estar sujeto a este impuesto. La tributación dependerá de si se considera una transmisión onerosa o lucrativa y de si hay alguna condición pendiente para la transmisión definitiva a los beneficiarios.

5. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

  • En general, la transferencia de bienes a un fideicomiso no está sujeta al IVA, a menos que se trate de una actividad económica sujeta a este impuesto (por ejemplo, la transferencia de un negocio en marcha).

6. Tratamiento Fiscal de los Beneficiarios

  • Los beneficios recibidos por los beneficiarios del fideicomiso tributarán de acuerdo con su naturaleza: rendimientos de capital mobiliario, inmobiliario, o ganancias patrimoniales, dependiendo del tipo de bienes que formen parte del fideicomiso.

7. Aspectos Internacionales

  • Si se trata de un fideicomiso constituido fuera de España, se deben tener en cuenta las normas internacionales y los convenios de doble imposición. La Dirección General de Tributos ha establecido que en muchos casos, los beneficiarios residentes en España deberán tributar por los bienes y rendimientos percibidos del fideicomiso, aplicándose la normativa española en cuanto a la imputación de rentas y bienes.

La fiscalidad y tributación de un fideicomiso en España depende de varios factores, como la naturaleza del fideicomiso, los bienes involucrados, el tipo de beneficiarios y el momento en que se produce la transmisión efectiva de los bienes. Es recomendable contar con asesoría fiscal especializada para analizar cada caso en particular y asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones tributarias.

 

Enlaces relacionados:

Declaración Herencia (herederos) - Impuesto Sucesiones - Modelo 650