Tributación de la prestación extraordinaria por cese de actividad por Covid 19 gestionadas por las mutuas, en declaración de la renta
Actualizado: 14/03/2021
Fecha: 14/03/2021
La prestación extraordinaria que perciban los trabajadores autónomos por cese o disminución de actividad no se trata como un rendimiento de la actividad económica, por tanto, no debe incluirse en el modelo 130 de pagos a cuenta. Por el contrario, se considera un rendimiento del trabajo asimilable a la prestación por desempleo, o baja por enfermedad o accidente de trabajo, y habrá de incluirse como tal en la declaración de la renta del ejercicio en que se perciban.
Además, la dirección general de tributos ya ha contestado consultas sobre la forma de tributar estas prestaciones, Consulta Vinculante nº V0098-21, donde se confirma la explicación dada en el párrafo anterior.
En cambio las Tributación de las Ayudas por Covid-19 de las Comunidad Autónomas y Ayuntamientos, en declaración de la renta, tiene otro tratamiento, y se puede ver en este artículo.
A través de nuestra Asesoría Virtual le podemos elaborar y presentar su declaración de la Renta.