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Cómo calcular y establecer las vacaciones del trabajador en la empresa

Actualizado: 02/10/2020

Fecha: 02/10/2020

Que las vacaciones asociadas al desempeño laboral son un derecho del trabajador, y es algo que todos tenemos claro. Pero en muchos momentos de la vida laboral aparecen dudas sobre su cálculo.

El derecho a las vacaciones en una empresa no solo es un derecho regulado en el Estatuto de los Trabajadores [Artículo 38], y en la Constitución Española [Artículo 40.2], sino que se trata de una necesidad básica imprescindible para cualquier empleado.

Cómo se calculan las vacaciones

El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores,  establece lo siguiente:

  • Todos los trabajadores tienen derecho a disfrutar de vacaciones retribuidas.

  • Las vacaciones anuales son un derecho irrenunciable.

  • Los empleados dispondrán de un periodo de al menos 30 días de vacaciones en una empresa por año trabajado.

  • Las vacaciones en una empresa no disfrutadas solo podrán pagarse en dinero en caso de jubilación del trabajador tras incapacidad laboral o en caso de terminación de contrato.

Los 30 días de vacaciones por año trabajado que fija nuestra legislación se refieren a días naturales, es decir, con domingos y festivos incluidos. Sin embargo, existe la posibilidad de contabilizar los días de vacaciones en una empresa por días laborales. Por tanto, si nos regimos por días naturales: 30 días naturales/12 meses del año = 2,5 días de vacaciones al mes

Aunque el Estatuto de los Trabajadores establece el mínimo legal de 30 días naturales al año algunos convenios colectivos recogen este derecho contabilizándolo como 22 días laborales.

Al final es lo mismo, la diferencia es la inclusión o no de domingos y festivos en el cálculo de las mismas.

Lo importante es tener claro que los 30 días naturales del Estatuto marcan el mínimo y que a partir de ahí los convenios colectivos o contratos pueden ampliarlo.

El uso de días naturales o días laborales afecta en el modo de calcular las vacaciones que nos corresponden dependiendo del tiempo trabajado durante el año.Por tanto, si nos regimos por días laborales: 22 días laborales/12 meses del año = 1,8 días de vacaciones al mes.

El mínimo legal no podrá ser incumplido por ninguna empresa ni convenio, sino que únicamente podrá ser modificado para introducir mejoras para el trabajador.

En caso de que el empleado haya trabajado menos tiempo, deberá hacerse el cálculo a partir de los dias de trabajo teniendo en cuenta que normalmente se reconocen 2,5 días de vacaciones por cada mes de trabajo.

Cuándo se empiezan a contar las vacaciones al contratar

Un trabajador tiene derecho a 30 días naturales, o 22 días laborables, según el método seleccionado por la empresa, por haber trabajado todo el año.

Si un trabajador no va a trabajar todo el año, porque se ha incorporado a la empresa durante el año, o estando el 1 de enero en la empresa contratado, va a abandonar la empresa durante el año, tendrá sólo derecho a la parte proporcional de vacaciones que le corresponda a su estancia efectiva en la empresa.

Cuándo se empiezan a contar las vacaciones al disfrutarlas

Según el Estatuto de los Trabajadores, el inicio de un periodo de vacaciones en una empresa ha de producirse un día laborable, nunca durante un festivo o día inhábil.

Es importante recordar que en España los sábados se consideran días laborables, a excepción de aquellos que se declaren festivos por normativa local, autonómica, nacional o europea. Por tanto, a menos que se recoja otro enfoque en el convenio o contrato, los sábados cuentan para el cómputo de días laborables.

 Pero ¿qué pasa si la jornada semanal es de lunes a viernes? ¿se considera el sábado como día laborable? los sábados no pueden excluirse del cómputo de días laborales, ya que aunque la jornada sea de lunes a viernes el sábado no pierde tal condición, a menos que se recoja otra cosa por convenio o contrato.

Cuándo caducan el disfrute de las vacaciones a las que se tiene derecho

Al igual que las vacaciones se generan anualmente, también han de disfrutarse dentro del mismo año natural que se generan, aunque la jurisprudencia cada vez de forma más mayoritaria está considerando que no se pierden.

Hay que entender año natural como el periodo desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, independientemente de cuando ha sido contratado el trabajador.

 En circunstancias normales, el fin de cada año será la fecha límite para el disfrute de las vacaciones anuales.

Excepciones:

En relación con lo indicado anteriormente, cuando exista alguna cuestión objetiva del trabajador que le impida disfrutarlas dentro del año natural sí que se pueden solicitarse en otro año, y en consecuencia, se pueden disfrutar vacaciones de años anteriores.

Esto son los principales supuestos:

  • Si no se han podido disfrutar las vacaciones por culpa de la empresa.

  • Si el trabajador se encuentra en situación de incapacidad temporal.

  • Si el trabajador se encuentra disfrutando el permiso de maternidad, paternidad o lactancia natural.

Cómo afecta las bajas temporales en el cálculo de las vacaciones

El derecho a las vacaciones las genera el trabajador por el simple hecho de existir una relación laboral, aunque por el motivo que sea, no exista trabajo efectivo.

Cuando un trabajador no haya podido disfrutar de las vacaciones por haber estado de baja temporal, tendrá derecho a disfrutarlas una vez se reincorpore en su puesto, por tanto, los días de baja temporal se consideran como días trabajados, para el computo de los días a que se tiene derecho a disfrutar. Esta casuística incluye tanto las bajas por enfermedad, como las bajas por embarazo, parto o lactancia.

Dependiendo del tipo de incapacidad temporal, variarán las fechas permitidas para el disfrute de las vacaciones acumuladas:

  • Incapacidad temporal por embarazo, parto, lactancia natural, maternidad, paternidad, adopción o guarda con fines de adopción o acogimiento: el trabajador podrá recuperar las vacaciones no disfrutadas en cualquier momento.

  • Incapacidad temporal por contingencias distintas a las anteriores: el trabajador podrá recuperar las vacaciones no disfrutadas al finalizar el periodo de suspensión, pero siempre que no hayan transcurrido más de 18 meses a partir del final del año en que se hayan originado.

Incluso en periodos de huelga se genera el derecho a vacaciones, y por ello, durante los periodos de huelga no pueden descontarse la parte proporcional de vacaciones que el trabajador ha generado durante el tiempo que ha permanecido en huelga.

Cómo calculo las vacaciones en contratos temporales

En el caso de los contratos temporales, la fecha máxima para el disfrute de las vacaciones acumuladas no será el 31 de diciembre, sino el día de extinción del documento.

Cómo calculo las vacaciones en contratos a tiempo parcial, cuando se aumenta la jornada

En caso de que se amplíe la jornada laboral de un empleado solo habrá que volver a hacer el cálculo de vacaciones en cuanto al periodo de trabajo correspondiente a la ampliación de su jornada laboral.

Otro factor a tener en cuenta será el incremento salarial que suele acompañar un aumento de jornada. En este caso variará también la compensación económica por los días de vacaciones no disfrutados, cifra que las empresas deberán pagar únicamente en caso de jubilación tras incapacidad laboral o de terminación de contrato.

Finalmente, recuerda que todos los trabajadores tienen los mismos derechos. Los trabajadores a jornada parcial tienen derecho un mínimo de 30 días de vacaciones en una empresa por año trabajado, igual que los trabajadores contratados a jornada completa.

Se puede pagar por los días de vacaciones no disfrutados

Legalmente, las vacaciones no pueden ser nunca sustituidas de forma económica ni acumularse. Es decir, año a año, el empleado debe disfrutar de su período de vacaciones. En este escenario solo hay dos excepciones:

 Pago de vacaciones en caso de jubilación.

 Pago de vacaciones por finalización de la relación laboral.

En los dos escenarios las vacaciones no serán disfrutadas pero sí deben ser pagadas como si fueran días laborales cumplidos con base en el salario de cada trabajador.

El importe por estos días de vacaciones no disfrutados y que son añadidos al finiquito,  será cotizado a la Seguridad Social , y se pagará a través de los seguros sociales de la empresa.

Por este hecho, el plazo de 15 días para pedir la prestación o el subsidio por desempleo empieza a contar en el momento en el que se agoten esas vacaciones no disfrutadas.

Las vacaciones en caso de despido impugnado por el trabajador

Como ya hemos comentando anteriormente ,cuando se produce el despido, las vacaciones generadas y no disfrutadas se deben de abonar en el finiquito.

Además hay que tener en cuenta que, si el trabajador impugna el despido, en tres supuestos se generan vacaciones, aunque el trabajador no haya estado en la empresa trabajando:

  • Si el despido es declarado nulo.

  • Cuando exista conciliación y se produce la readmisión del trabajo.

  • En caso de despido improcedente, la empresa opte por la readmisión del trabajador.

Cómo se pueden fragmentar las vacaciones

 Las vacaciones pueden fragmentarse siempre y cuando uno de los periodos de descanso sea como mínimo de dos semanas completas sin interrupción. A veces, se fija incluso el período de disfrute, por ejemplo, de junio a septiembre o de diciembre a febrero, y en otros es libre.

Cómo se establecen los período de disfrute de las vacaciones

El artículo 38.1 del Estatuto de los Trabajadores dice claramente que “el período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones”

Lo normal en las empresas es establecer que quince días los elige el trabajador y quince días la empresa.

Si no hay convenio colectivo o éste no dice nada, la dirección de la empresa puede fijarlas unilateralmente en base a criterios objetivos.

En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción social fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.

El trabajado no puede de forma unilateral fijar los días de disfrute, ya que en dicho caso, podría considerarse como ausencias injustificadas los días de vacaciones escogidos sin el beneplácito de la empresa, y ser motivo de despido disciplinario.

El procedimiento judicial asociado al caso de un desacuerdo en fijación de las vaciones, que será urgente y se le dará tramitación preferente versa sobre la fecha de disfrute de las mismas, y no sobre la duración o extensión del periodo vacacional.

El acto de la vista habrá de señalarse dentro de los cinco días siguientes al de la admisión de la demanda. La sentencia, que no tendrá recurso, deberá ser dictada en el plazo de tres días.

En una reciente sentencia el Tribunal Supremo, en fecha de siete de enero de 2020, ha considerado como derecho adquirido el poder escoger las vacaciones libremente por el trabajador, si así lo ha realizado de manera habitual y constante a lo largo de la relación laboral. En dicho caso, ese derecho sólo podrá ser variado por la empresa mediante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

Por otro lado, se puede dar el caso que si la empresa cierra un mes entero por temas de producción, sí que estoy obligado a coger ese mes de vacaciones, dado que ya es la costumbre de la empresa cerrar ese mes y hay razones productivas que lo justifican.

Preaviso al trabajador por parte de la empresa del período de disfrute de las vacaciones

Según el Estatuto de los Trabajadores, los empleados deberán saber con dos meses de antelación las fechas de sus vacaciones para tener tiempo suficiente para organizarse.

Preaviso del trabajador a la empresa del período de disfrute de las vacaciones

Por su parte el trabajador, tendrá que solicitar las vacaciones con, al menos, dos meses de antelación antes del primer día de disfrute, es tu única obligación como trabajador.

Cuánto se cobra en vacaciones

Las vacaciones tienen que ser pagadas igual que el resto de meses, excepto si hay conceptos inherentes a ocupar el puesto de trabajo. Por ejemplo, el plus transporte, que se paga para compensar los gastos que el trabajador tiene por ir a trabajar, pero si un mes no va a trabajar por estar de vacaciones, no se le pagará ese plus.

Puede una empresa solicitar a un trabajador en vacaciones su incorporación al puesto

Si la empresa pide a un trabajador incorporarse a su puesto durante su periodo de vacaciones, el empleado no está obligado a hacerlo ya que no existe una ley explícita que lo recoja. No obstante, si el trabajador fuera importante ante una urgencia que puede poner en aprietos a la empresa, sí debe reincorporarse, ya que un juez podría considerar que el acto estaría justificado por fuerza mayor.

Se puede despedir a un empleado en vacaciones

Aunque la validez del despido está supeditada a que se le notifique por escrito, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos, es posible realizarlo.

Se puede trabajar en otra empresa durante las vacaciones

La finalidad de las vacaciones laborales es el descanso, es decir la reposición de energías y recuperación de las condiciones físicas óptimas para la reanudación de la prestación laboral de la mejor forma posible. No obstante, dado el derecho constitucional de libertad y el derecho al trabajo, el trabajador puede realizar tareas laborales para otra empresa durante su periodo vacacional, siempre que no se haya pactado la no concurrencia, o incurra en concurrencia desleal.

Cómo afectan las vacaciones en ERTE

Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) en la pandemia por Covid-19, son muchas la empresas que se han visto obligadas a tramitar ERTES debido a la crisis sanitaria provocada por el Covid-19. Ahora que la economía se está reactivando y muchas de las personas trabajadoras están volviendo a sus puestos de trabajo está surgiendo la duda entre trabajadores y empresarios ¿Cómo afectan los ERTES a las vacaciones?

Estar incluido en un ERTE puede afectar a las vacaciones en función del tipo de ERTE al que haya estado acogido la persona trabajadora, es decir, dependerá de si el ERTE ha sido total o parcial.

ERTE Total o de suspensión de la relación laboral

En el supuesto de ERTE total o de suspensión de la relación laboral, al estar suspendida la relación laboral la persona trabajadora no devenga vacaciones durante el tiempo que dure el ERTE.

Por tanto, para calcular los días de vacaciones que le corresponden a la persona trabajadora se deberá calcular la proporción de días trabajados durante el año, sin tener en cuenta los días en que ha estado en ERTE.

ERTE parcial o de reducción de jornada

En el supuesto de ERTE parcial o de reducción de jornada el devengo de días de vacaciones no se ve alterado. Es decir, al trabajador le corresponden los mismos días libre que si no hubiera estado acogida al ERTE parcial.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que los días de vacaciones son días no trabajados pero remunerados.

Las personas trabajadoras afectadas por un ERTE parcial o de reducción de jornada tendrán un salario bruto anual inferior, por lo que el importe a percibir durante sus vacaciones también será inferior.

Por último, hay que tener en cuenta que en el momento que la persona trabajadora vuelva a su puesto de trabajo volverá a variar el salario bruto anual y, por tanto, el importe a percibir por cada día de vacaciones.

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