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Evolución de los tipos de IVA y Recargo de Equivalencia desde 1986 hasta 2017

Actualizado: 20/09/2020

Fecha: 30/05/2017

En ocasiones, nos llegan comprobación de hacienda que nos hacen dudar que tipo de IVA se aplico en un momento en concreto del pasado reciente, en este artículo queremos ayudar, a aquellos contribuyentes que se encuentren con esta duda.

Fecha Tipo Super-Reducido Tipo Reducido Tipo General Tipo Incrementado
Enero de 1986 0% 6% 12% 33%
Enero de 1992 0% 6% 13% 33%
Agosto de 1992 0% 6% 15% 28%
Enero de 1993 3% 6% 15% 0%
Enero de 1995 4% 7% 16% 0%
Julio de 2010 4% 8% 18% 0%
Septiembre de 2012 4% 10% 21% 0%

En relación al Recargo de Equivalencia, la evolución de los tipos se muestran en la tabla que se muestra a continuación:

Fecha Tipo Super-Reducido Tipo Reducido Tipo General
1986 - 1991 0.00% 1.00% 3.00%
1993 - 1996 0.50% 1.00% 4.00%
01/01/1997 - 31/08/2012 0.50% 1.00% 4.00%
Desde 01/09/2012 0.50% 1.40% 5.20%

Que es el IVA

El IVA o Impuesto sobre el Valor Añadido es un impuesto indirecto que grava el consumo doméstico final de productos y servicios producidos tanto en el territorio nacional como en el exterior.

Por tanto, el IVA es un impuesto que recae directamente en el consumidor final, es decir, no es el fabricante, ni el mayorista, ni el vendedor final quien recibe la carga del impuesto, sino que es el consumidor final del producto o servicio quien ve mermada su capacidad adquisitiva con el aumento del gravamen impuesto en concepto de IVA.

Historia

Antes de la implantación del IVA en el año 1986, existía el Impuesto General sobre el Tráfico de Empresas, conocido como ITE (Impuesto Trafico Empresas)

ITE

El Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas, conocido por su abreviatura ITE, fue el principal impuesto de carácter indirecto existente en España entre 1964 y 1985 y que fue sustituido por el Impuesto sobre el Valor Añadido al entrar en el Mercado Común Europeo.

Este impuesto se creó por la Ley 41/1964, de 11 de junio, de Reforma del Sistema Tributario y posteriormente se reguló por el texto refundido, aprobado por Decreto 3314/1966, de 29 de diciembre.

Según su ley de creación, supuso, la refundición en un solo tributo de carácter general, en la vertiente de la imposición indirecta, de los distintos conceptos impositivos comprendidos en el ámbito de los impuestos de derechos reales, Timbre y gasto, que afectaban de manera directa a las operaciones típicas en el tráfico de las empresas mercantiles.

El impuesto optó por una tributación en cascada. Las razones argüidas en la ley de creación fueron las mayor extensión de la base con la consiguiente ventaja de una reducción en los tipos, que desde el punto de vista de su aplicación administrativa presentaba tanto para la Hacienda como para el contribuyente notorias ventajas. La fijación de un tipo módico reducía en gran manera el fraude y permitía la efectiva aplicación del impuesto sobre bases muy extensas.

Se añadía también en su creación que su configuración del gravamen se adaptaba al grado de organización administrativa y contable propio de la mayor parte de nuestras empresas, sin crear con ello una presión fiscal indirecta con motivo de su creación.

Se trataba de un tributo de carácter indirecto que gravaba las ventas, obras, servicios y demás contratos u operaciones típicas y habituales del tráfico de todas las empresas y de las explotaciones mercantiles, agrarias, forestales, ganaderas o mixtas, así como las importaciones. Este gravamen tenía carácter general y multifásico en cascada, es decir, considerando todas las operaciones de transformación y comercialización de bienes y prestaciones de servicios con independencia unas de otras, exigiendo el impuesto por cada una de ellas.

IVA

El 1 de enero de 1986, con el ingreso en la entonces Comunidad Económica Europea (CEE), desapareció la que hasta esa fecha había sido la figura básica de la imposición indirecta española, el Impuesto General sobre el Tráfico de Empresas (ITE), y comenzó a aplicarse el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Este proceso es el que se venía produciendo desde la década de los años 60 en los distintos países europeos. En España, su regulación se llevó a cabo a través de la Ley 30/1985, de 2 de agosto.

Enlaces relacionados:

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