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Contabilización contables de los cambios de valor en Fondos de Inversión

Fecha: 04/09/2016

Su contabilidad va a depender de la clasificación inicial que hagamos de ellos en cuanto a la cartera en que se incluirán.

 Entendiendo que no tienen un vencimiento concreto, y por tanto excluyendo la cartera de Activos financieros mantenidos hasta el vencimiento, las posibilidades que tenemos son dos:

  • Activos financieros mantenidos para negociar, si el objetivo es meramente especulativo y nuestra intención es vender antes de un año (aunque no lo hagamos).

  • Activos financieros disponibles para la venta, si no se clasifica como la anterior.

Fondo de Inversión considerado como activo financiero mantenido para negociar

Para cada uno de sus eventos en su ciclo de vida, estos serán los asientos contables a realizar:

En la compra

En el momento de la compra de las participaciones estas se valorarán por su precio de coste y se podrían incluir en una subcuenta de la 540, pues como hemos comentado no hay cuentas previstas para ello En caso de existir gastos, se contabilizan de forma separada como gasto financiero, pudiendo utilizar la cuenta 669.

 

DEBE

HABER

(540.1) Fondo Inversión X

 
(669) Otros gastos financieros  
(572) Bancos c/c   

Al cierre

Se valorarán por su valor razonable, sin deducir los gastos de transacción en que se pudieran incurrir en su enajenación. Los cambios que se produzcan en el valor razonable se imputarán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio. Esto es, al final del ejercicio se atenderá al nuevo valor de la inversión, cargándose o abonándose por las variaciones en su valor en la propia cuenta de la inversión y como contrapartida con abono o cargo a la 763 ó 663.

Si hay beneficio

 

DEBE

HABER

(540.1) Fondo Inversión X

 
(7630) Beneficio de cartera de negociación s  
     

Si hay pérdida

 

DEBE

HABER

(540.1) Fondo Inversión X

 

(6630) Pérdidas de cartera de negociación  
     

Tanto el gasto como el ingreso afectan directamente a la base imponible y se obliga, en su caso, a tributar aun no habiéndolo vendido.

Para este tipo de activos, el plan no recoge la existencia de correcciones valorativas.

En la venta

Al igual que en el cierre se valorarán por su valor razonable, contabilizando el beneficio o ingreso en cuentas del grupo 6 o 7.

Fondo de Inversión considerado como activos financieros disponibles para la venta

En la compra

La compra de las participaciones se valorarán inicialmente por su valor razonable o precio de coste , más los gastos de transacción que les sean directamente atribuibles

 

DEBE

HABER
(250.1) Fondo de Inversión Y

 
(572) Bancos c/c  
     

Al cierre

Se valorarán por su valor razonable, sin deducir los gastos de transacción que se pudiera incurrir en su enajenación. A diferencia del caso anterior, donde los cambios se llevaban a pérdidas y ganancias (grupos 6 y 7), ahora los cambios que se produzcan en el valor razonable se registrarán directamente en el patrimonio neto, Es decir, se llevan al subgrupo 13 y se dejan en el neto hasta que se venda el titulo o se deteriore, momento en que se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias.

Contablemente, las cuentas del subgrupo 13 no se pueden utilizar, salvo para regularizar al final del año el grupo 8 y 9 referido a gastos e ingresos imputados directamente al Patrimonio Neto. Los movimientos contables al cierre, por tanto serán:

Si hay beneficio

 

DEBE

HABER
(250.1) Fondo de Inversión Y

 
(900) Beneficios en Activos
Financieros disponibles para
 la venta
     

 

 

Por la regularización del grupo 9

 

DEBE

HABER
(133) Ajustes por valoración
 en activos financieros
 disponibles para la venta

 

(900) Beneficios en Activos
Financieros disponibles para
 la venta
 
     

Si hay pérdida

 

DEBE

HABER
(250.1) Fondo de Inversión Y

 

(800) Pérdidas en activos
 financieros disponibles
 para la venta
 
     

Por lar regularización del grupo 8

 

DEBE

HABER
(133) Ajustes por valoración
 en activos financieros
 disponibles para la venta

 
(800) Pérdidas en activos
financieros disponibles
 para la venta 
 
     

Tanto en un caso como en otro, vemos que el beneficio o la pérdida queda reflejada en el grupo 13 y se dejará “aparcada” hasta que se produzca, o bien la venta o bien el deterioro. Será en ese momento también cuando afecte a la Base del impuesto.

En el momento de la venta

De nuevo valoramos el título a valor razonable pudiendo existir un ingreso o gasto que llevamos al Patrimonio Neto y trasferimos el beneficio o pérdida que tenemos en el neto a resultados del ejercicio.

- La contabilidad del beneficio o pérdida en ese momento la contabilizamos como hemos comentado anteriormente, es decir, la llevamos al patrimonio neto y dejamos de momento “aparcada”

- Por la venta. Suponiendo que el título lo hemos valorado a valor razonable, la venta consistirá en dar de baja el título y contabilizar la entrada de dineros menos los gastos ocasionados.

 

DEBE

HABER
(572) Bancos c/c 

 
(669) Otros gastos financieros  
(250.1) Fondos de inversión Y  

 La imputación a resultados. Suponiendo que tras tener varios ejercicios las participaciones, estas han tenido beneficios y pérdidas que hemos ido llevando al neto. Si al final, en en momento de la venta tenemos un beneficio “aparcado” en la cuenta 133, debemos llevarla a pérdidas y ganancias, esto es, debemos pasarla del neto (133) a resultados (763).

Como la cuenta del grupo 13 no podemos utilizarla, contabilizamos en el haber la cuenta del 7 sin problema y en el debe, necesitamos el grupo 8 para disminuir el neto.

 

DEBE

HABER
(802) Transferencias en
beneficios de activos
financieros disponibles para
 la venta

 
(763) Beneficios por la
valoración de instrumentos
 financieros por su valor
razonable
 

Seguidamente regularizamos la cuenta del grupo 8 que no puede quedar con saldo.

 

DEBE

HABER
(133) Ajustes por valoración
 en activos financieros
 disponibles para la venta

 
(802) Transferencias en
beneficios de activos
financieros disponibles
para la venta
 

Una vez hecho este apunte, la cuenta (802) estará saldada y también la cuenta (133), dejando constancia del ingreso en la cuenta (763)