Cómo obtener NRC para pagar impuestos de Hacienda
Actualizado: 20/10/2021
Fecha: 21/07/2014
Cuando una declaración sale a pagar, normalmente las formas de pago utilizada y más cómodas son:
- Pago en entidad colaboradora a través de ventanilla de caja, o cargo en la cuenta que dispone en la entidad bancaria
- Domiciliación bancaria (el titular de la cuenta bancaria, deberá de coincidir con el sujeto pasivo que aparece en la autoliquidación del impuesto que se quiere domiciliar, en caso contrario, se rechaza la domiciliación - Cuidado los extranjeros que abren una cuenta bancaria con un documento como el pasaporte, no pueden domiciliar el impuesto, dado que el NIE del sujeto pasivo, no coincide con el número de pasaporte que identifica la cuenta bancaria). Si desea información para anular una domiciliación bancaria, ir a este enlace Anular Domiciliación Bancaria de Declaración presentada en la AEAT (Modelo 111, 115, 130, 131, 303) sobre Impuestos
Antes estos métodos de pago hay que hacer las siguientes salvedades
- En el pago en una entidad colaboradora, mediante la presentación del impreso, está quedando reducido sólo a las personas físicas, en el caso de sociedades mercantiles, están obligadas a presentar los impresos telemáticamente, y por tanto, hacen el pago mediante Domiciliación bancaria.
- En la domiciliación bancaria, el requisito para poder utilizarlo, es que se presente el modelo telemáticamente 5 días naturales antes que finalice el plazo, independientemente que caiga sábado, domingo, o fiesta. Por tanto, en el caso más habitual, que los plazo acaban el día 20, el plazo último para enviar el impreso telemático es el día 15.
Ante estas restricciones, puede darse el caso que hagamos la presentación telemática posterior al día 15, y por tanto, el pago por domiciliación esté inhabilitado, para estos casos, con el fin de pagar dentro del plazo, podemos utilizar el sistema NRC (Número de Referencia Completo), que nos permite pagar el impuesto, pero que va a requerir una mayor dedicación de tiempo.
También puede ser que tengamos que pagar una autoliquidación de algún impuesto, y que la vayamos a presentar fuera del plazo, en estas circunstancias, también debemos de usar la forma de pago mediante NRC.
También hay otros tipos de impuestos, como el Impuesto de la renta de no residentes (IRNR), para el caso de venta de inmuebles, que aunque seamos personas físicas, para ingresar el importe, nos obliga a presentar el modelo telemáticamente y pagar mediante NRC.
Cuando las declaraciones sean negativas, a compensar, sin actividad / resultado cero, a devolver, o con solicitud de aplazamiento o fraccionamiento no es necesario el NRC.
Instrucciones para obtener el NRC
Tenemos dos alternativas:
-
Generar el NRC a través la sede electrónica de la Agencia Tributaria, dado que hacienda tiene una pasarela para aplicar el cobro directamente a la cuenta del banco o la tarjeta bancaria, por tanto, no es necesario el acceder a la web de nuestro banco, para poder generar el NRC, simplificando el proceso y minimizando la posibilidad de cometer errores a la hora de codificar la información que se requiere para generar un NRC. Si se quiere hacer esté método, ir alguno de estos tres enlaces:
Pago Modelo 002 / 008 AEAT telemáticamente por oficina virtual AEAT - Sede Electrónica
-
Generar el NRC a través de la web de nuestra entidad bancaria, a continuación, indicamos como proceder de esta forma.
Generar el NRC a través de la web de nuestra entidad bancaria
El declarante se dirigirá a la entidad bancaria donde suele tener cuenta, o a través de su oficina virtual de su entidad bancaria, u deberá de facilitar los siguientes datos:
- NIF del obligado tributario (9 caracteres).
- Si el declarante es persona física: las cuatro letras impresas en su etiqueta identificativa. Las web de los bancos suelen suministrar herramientas para calcular este código.
- Ejercicio fiscal (2 últimos dígitos).
- Período (2 caracteres. Para presentaciones trimestrales los valores posibles son: 1T, 2T, 3T y 4T. Para las presentaciones mensuales los valores son numéricos: 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12. Para las presentaciones anuales: 0A (cero, A). Otras presentaciones: 1P, 2P, 3P).
- Modelo de la declaración a presentar.
- Tipo de autoliquidación: "I" Ingreso.
- Importe a ingresar: (en valor absoluto y distinto de cero) con indicación de la moneda en que se expresa, euros o pesetas.
Ejemplo pantalla para generar NRC en la entidad BBVA
Ejemplo de Bankia:
Ejemplo de ING Direct
La entidad bancaria, una vez descontado de la cuenta, el importe a ingresar, asignará al obligado tributario un N.R.C. que generará informáticamente mediante un sistema criptográfico que relacione de forma unívoca el N.R.C. con el importe a ingresar.
La obtención del NRC no supone la presentación del impuesto, sino tan solo su pago. La presentación se realizará por medios telemáticos consignando en la forma de pago, e indicando el número de referencia completo (NRC) que asocia el modelo con el ingreso.
Este sistema, si se tiene acceso por internet a nuestra cuenta, evita desplazarse a las oficinas de las entidades financieras, ahorrando colas y esperas innecesarias, pero también presenta inconvenientes que debemos tener en cuenta. El pago y el modelo no se presentan al mismo tiempo, como ocurriría si vamos con la liquidación al banco, la cargamos en cuenta y sellan nuestra copia.
Si optamos por desplazarnos a la oficina bancaria, para hacer el pago del NRC, se nos entregará, un recibo que contendrá, como mínimo, los datos señalados a continuación:
DATOS MÍNIMOS A INCLUIR EN EL RECIBO
FECHA DE LA OPERACIÓN: DD/MM/AAAA
CÓDIGO ENTIDAD Y SUCURSAL:XXXXXXXX
CONCEPTO: •XXX - Código del modelo.
• NNNN - Ejercicio.
• NT - Período
IDENTIFICACIÓN DE LA CUENTA (C.C.C.):
(Cuando el ingreso sea en efectivo no deberá cumplimentarse
este campo)
IDENTIFICACIÓN DEL OBLIGADO TRIBUTARIO:
• N.I.F.: XNNNNNNNX
•APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL:
IMPORTE: Pesetas o euros
Si el importe de la liquidación se ha consignado en euros,
deberá además consignarse el contravalor en pesetas abonado
en la cuenta del Tesoro, con el que se ha generado el N.R.C.
o bien el contravalor en pesetas de la devolución con el que
se ha generado el N.R.C.
TIPO DE AUTOLIQUIDACIÓN:I o D
N.R.C. ASIGNADO AL INGRESO O DEVOLUCIÓN:
N.R.C. AL QUE SUSTITUYE:
(Este campo sólo se cumplimentará en el caso de anulación de
N.R,C, anterior y sustitución por uno nuevo)
LEYENDA: Solo para ingresos: "Este recibo surte efectos
liberatorios para con el Tesoro Público señalados en el
Reglamento General de Recaudación"
NOTA: El ingreso de la deuda no exime de la
obligación de presentar la declaración.
Esto sistema puede implicar cometer errores en los importes al solicitar el NRC. Errores que supondrán un problema a la hora de realizar el envío telemático, sobre todo si nos encontramos en el último día del plazo de presentación, con la entidad bancaria cerrada y un cargo que no coincide con la cantidad resultante de la liquidación, dado que nos rechazará el NRC generado, para enviar el modelo al que se quiere asociar el pago del impuesto.
Explicación del código NRC
En general, los tres primeros dígitos deben corresponder con el modelo y el NIF utilizado para generar el NRC debe coincidir con el declarante u obligado tributario.
Anulación de un NRC generado
En aquellos supuestos en los que se detecten errores en los recibos emitidos por las Entidades Colaboradoras con un NRC, éstas procederán a anular la operación correspondiente.
Para ello anularán el asiento en la cuenta restringida y emitirán, en su caso, un nuevo NRC conforme a los datos aportados por el declarante, expidiendo un nuevo recibo justificativo con reflejo de ambas operaciones en la correspondiente cuenta restringida.
Las Entidades Colaboradoras están obligadas a llevar a cabo las anulaciones de los recibos con NRC hasta el día siguiente hábil a la finalización de la quincena que corresponda a la fecha de ingreso que conste en el recibo erróneo.
Tenga en cuenta que la anulación de un NRC, si a través
de la web del Banco no permite el servicio de anulación,
exige personarse en la oficina del banco o caja casi
inmediatamente o será necesaria la presentación de una
solicitud de devolución de ingresos indebidos.
Esta solicitud puede ser tramitada por la web de la AEAT si
dispone de firma digital (certificado o DNI electrónico).
Para ello acceda a "Recursos, reclamaciones, otros
procedimientos de revisión y suspensiones" de la Sede
Electrónica. En "Procedimientos especiales de revisión"
seleccione "Devolución de ingresos indebidos".
Enlace de la AEAT para la comprobación de la anulación de un NRC
Enlaces relacionados:
Anular Declaración Modelo 111, 115, 130, 131, 303, otras presentada por Domiciliación Bancaria
Pago Modelo 002 / 008 AEAT telemáticamente por oficina virtual AEAT - Sede Electrónica