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Novedades fiscales y tributarias - Impuestos 2017

Fecha: 02/01/2017

La tradicional cuesta de enero, que en todos los años suele venir con la subida de la Telefonía, Gas, Transporte, Combustibles, Peajes de Autopistas, Tabaco, Sellos, Vivienda, Bebidas Alcólicas este año por el ascenso del petróleo, e impuestos, ha provocado la temida cuesta de enero. Como dado orientativo, el IPC anual del año 2016 ha ascendido un 1.5%. De este modo, los precios terminan el año por encima del incremento salarial pactado en convenio (1,08% hasta noviembre), de lo que subieron los sueldos de los empleados públicos este año (1%) y del incremento que experimentaron las Pensiones (0,25%), con las consiguientes pérdidas de poder adquisitivo.

Las principales novedades fiscales y laborales en 2017 serán:

IRPF

Nuevo Sistema de Suministro Inmediato de Información del IVA (SII).

Impuesto de Patrimonio: tal y como se esperaba, se confirma que para el año 2017 se mantiene su gravamen.

Aplazamiento y fraccionamiento de impuestos. Se elimina la excepción que daba la posibilidad de aplazar y fraccionar las retenciones e ingresos a cuenta, así como las liquidaciones tributarias confirmadas total o parcialmente en virtud de resolución firme cuando previamente hayan sido suspendidas durante la tramitación del correspondiente recurso o reclamación en sede administrativa o judicial. También se elimina la posibilidad de aplazar o fraccionar las obligaciones tributarias que deba cumplir el obligado a realizar pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades. Además, se elimina la posibilidad de aplazamiento o fraccionamiento de los tributos repercutidos, siendo solamente aplazables en el caso de que se justifique debidamente que las cuotas repercutidas no han sido efectivamente pagadas. También debemos destacar que se suprime la posibilidad de pagar en especie las deudas tributarias que tengan la condición de inaplazables según el artículo 65.2 de la Ley General Tributaria.

Impuestos Especiales. Como son el Impuesto sobre Productos Intermedios y el Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas, aumentan un 5%. En cuanto al Impuesto sobre las Labores del Tabaco, también se introducen cambios en el tipo específico e importe mínimo, relativos a los cigarrillos y a la picadora para liar.

Vehículo Autónomos. Con respecto a las desgravaciones de IRPF relacionadas con el uso del vehículo de los empresarios y profesionales en estimación directa simplificada, se aplicarán las mismas reglas de deducción empleadas para las deducciones de IVA. En estos momentos, cuando un autónomo en estimación directa simplificada utiliza el coche para uso personal y profesional, la deducción de IVA es de un máximo del 50% (siempre dependiendo de los casos), mientras que no se pueden desgravar nada en concepto de IRPF. Con este cambio en la normativa, se podrían aplicar desgravaciones de IRPF también del 50%. PENDIENTE DE APROBACIÓN

 

LABORAL

Cuota de autónomos 2017: como todos los años, enero traerá nuevas subidas en las bases de cotización a la Seguridad Social que determinan cuánto hay que pagar por la cuota mensual de autónomos. Estas subidas se recogen en la Ley de presupuestos generales del Estado para 2017. La base mínima de cotización  se queda igual en  893,10 euros mensuales, por lo que la cuota mínima, que es la que paga más del 80% de los autónomos, pasa seguirá siendo 267,03 euros. A partir del 1 de Julio de 2017, la base mínima queda fijada en 919,80 euros, por lo que la cuota mínima pasa a ser de 275 euros. Aquellos autónomos que cotizan por cese de actividad, la cuota será de 282,euros. Aquellos autónomos que cotizan por todas las coberturas, la cuota será de 291 euros. Los autónomos que tengan más de 48 años, la cuota será de 296,64 euros.   La de los Autónomos Societarios la base mínima sube desde los 1.067,40 euros a 1.152,80 euros y la cuota desde 318,00 € a 344,69 €. La base máxima de cotización sube un 3,00%, pasando de 3.642,00 a 3.751,26 euros mensuales, e implica una cuota de 1.121,00 euros.

Ampliación del Permiso de Paternidad. En lo que se refiere al permiso de paternidad, éste se ampliará de dos a cuatro semanas por nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento familiar, seis años después de su aprobación por ley. Una decisión que se enmarca dentro de las disposiciones acordadas por el Gobierno para favorecer la conciliación de la vida laboral y personal.

Modulación de los recargos en los retrasos del pago. En caso de demora en el pago de las cuotas la nueva Ley de autónomos pretende flexibilizar los recargos que quedarían de la siguiente forma:

  • Recargo del 3% de la deuda, si se abonasen las cuotas debidas dentro del primer mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.

  • Recargo del 5%, si se abonasen las cuotas debidas dentro del segundo mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.

  • Recargo del 10%, de abonarse las cuotas debidas dentro del tercer mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.

  • Recargo del 20% de la deuda, en el caso de abonarse las cuotas debidas a partir del tercer mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario.

Aumento del número de cambios en la base de cotización: Los trabajadores autónomos podrán realizar, según lo establecido en la nueva Ley de autónomos en trámites, hasta cuatro cambios anuales en las bases de cotización, dos más de los permitidos en la actualidad.

Tarifa Plana Autónomos. La tarifa plana de 50 euros en la cuota de autónomos, se amplía de 6 a 12 meses, a contar desde la fecha del alta en la Seguridad Social.

Deducción de Suministros para profesionales Freelance. Los autónomos freelance que trabajan en casa, por fin podrían desgravar sin problemas en concepto de IRPF, los suministros de agua, gas y electricidad, puesto que la nueva ley marcaría una desgravación del 20%, "salvo que el contribuyente o la Administración Tributaria prueben un porcentaje superior o inferior", según reza el proyecto de ley. Se solucionaría así el problema que tienen actualmente los autónomos que trabajan en casa, a la hora de desgravar los suministros. Ahora bien, en estos momentos el texto no especifica desgravaciones en concepto de IRPF de gastos como internet o teléfono, sólo las que te hemos detallado. PENDIENTE DE APROBACIÓN

SOCIEDADES

Eliminación de determinadas deducciones. Se trata de nuevas medidas para 2017, que incluyen limitaciones en la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores para grandes empresas; la reversión de los deterioros de valor de participaciones, que resultaron fiscalmente deducibles en periodos impositivos previos a 2013; además, incluye la no deducibilidad de las pérdidas realizadas en la transmisión de participaciones en entidades.

Otros

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) sube en 2017 el 8 %, y se sitúa en los 707.70 euros mensuales frente a 655.20 euros de 2016, mientras que el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), utilizado para determinar el acceso a ayudas y subvenciones, se quedará congelado por septimo año consecutivo en los 532,51 euros mensuales, IPREM diario 17,75 €/día e IPREM anual 7.455,14 euros.

Enlaces relacionados

Novedades fiscales y tributarias - Impuestos 2016